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Aprende a emitir facturas electrónicas en tu consultorio

El servicio de facturación electrónica puede ser un plus en tu consultorio médico. Actualízate y comienza a emitir facturas electrónicas.
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¿Cómo hacer facturación en una empresa de salud?

Si has pensado en darte de alta en la Secretaría de Hacienda para poder facturar electrónicamente desde tu consultorio, pero no lo has hecho por desidia, toma nota.

Por si no lo sabías, a partir del año 2014, y de acuerdo al Sistema de Administración Tributaria (SAT), la factura electrónica es obligatoria para aquellos contribuyentes con ingresos superiores a los 250 mil pesos anuales.

Estas facturas electrónicas son necesarias si vendes o prestas un servicio o rentas un inmueble.

Para facturar electrónicamente, esto son los requisitos que necesitas:

  • Debes estar registrado en hacienda como persona moral o persona física con un RFC. Si no lo has hecho, acude a cualquiera de las oficinas locales de servicios al contribuyente. Es recomendable sacar una cita vía internet en la página del SAT.

¿Qué documentos necesitarás?

  • CURP
  • Comprobante de domicilio.
  • Una identificación vigente con firma.

Si eres persona moral, necesitarás:

  • Documento de Poder General del Representante Legal para actos de dominio o de administración.
  • Acta constitutiva.

Cuando hayas tramitado el RFC, los siguientes pasos son:

  • Debes tener una Firma Electrónica Avanzada (FIEL). Para obtenerla debes contar. ademas de la documentación mencionada, tu RFC. Después deberás generar los documentos de clave privada en el SAT. Ten a la mano una USB para guardar los archivos.
  • Tramita los Certificados de Sello Digital (CSD). Su finalidad es firmar digitalmente las facturas. Existe una aplicación llamada SOLCEDI para tramitar estos certificados. 
  • Por último, debes generar un archivo con extensión .xml que será tu factura electrónica. Cundo llegues a este punto, puedes regresar a las oficinas del SAT para que te asignen un folio y un sello electrónico, o puedes pedirle aun proveedor autorizado que haga todo el trámite y te entregue las facturas.

Una vez que hayas terminado con los trámites, ya puedes expedir facturas a los pacientes que lo necesiten.

Para mayor información, consulta la página del SAT.

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