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Senado aprueba marihuana medicinal: 7 claves que necesitas saber

La aprobación del uso de la marihuana con fines medicinales se realizó a dos días de que concluya el periodo ordinario del Senado.
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Dakota del Norte aprueba el uso de la marihuana

El Senado de la República aprobó el uso de la marihuana como parte del tratamiento medicinal. Dicho dictamen permitirá a la Secretaría de Salud diseñar y ejecutar políticas públicas que ayuden a regular el uso medicinal de los derivados farmacológicos de dicha sustancia.

Este hecho, que los senadores calificaron como histórico, se realizó a dos días de que concluya el periodo ordinario del Senado, quienes aprobaron dicho dictamen el martes por la tarde con 98 votos a favor, 7 en contra y una abstención.

Durante la asamblea, estos fueron los 7 puntos más importantes que fueron aprobados por los senadores, según el dictamen:

  • La Secretaría de Salud diseñará y ejecutará políticas públicas que ayuden a regular el uso medicinal de los derivados farmacológicos de la cannabis sativa, índica y americana o marihuana. Entre estos derivados se encuentra el tetrahidrocannabinol (THC), isómeros y sustancias estereoquímicas.
  • La Secretaría de Salud también tendrá autorización para regularizar la investigación sobre la cannabis y su producción en México exclusivamente para uso medicinal.      
  • La nabilona (un fármaco base de mariguana) y el cáñamo quedan fuera de la lista de las sustancias consideradas como graves para la salud pública.   
  • Las siguientes sustancias y vegetales quedan fuera de cualquier uso medicinal: opio, diacetilmorfina o heroína, sales o preparados papaver somniferum o adormidera, papaver bactreatum y erythroxilon novogratense o coca, en cualquiera de sus derivados, preparaciones o formas.
  • La Secretaría de Salud será la única institución que podrá otorgar las autorizaciones para importar todos los productos o preparados derivados de la cannabis.
  • Queda establecido que los productos que tengan concentraciones del 1 por ciento o menores de THC, y que tengan usos industriales, podrán comercializarse, exportarse e importarse, siempre y cuando cumplan con los requerimientos solicitados por la Secretaría de Salud.    

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